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La UNE 19601 de Sistemas de Gestión de Compliance Penal, es la norma de referencia que establece las buenas prácticas en materia de gestión de cumplimiento de sus obligaciones, y ayuda a la gestión de, entre otros, el riesgo penal. Su campo de aplicabilidad es extensible a cualquier tipo de empresa y organización, y es compatible con cualquier otra norma que establezca sistemas de gestión. Esta norma proporciona orientación para establecer, desarrollar, implementar, evaluar, mantener y mejorar un sistema de gestión de compliance eficaz y que genere respuesta por parte de la organización.
La Ley Orgánica 1/2015 de reforma del Código Penal considera el hecho de disponer de sistemas de gestión y control como posibles elementos de atenuación o exoneración de la responsabilidad penal de las personas jurídicas. La UNE 19601 está alineada con lo establecido en la Ley 1/2015 con respecto al ámbito de la prevención y detección penal.
¿Qué contiene esta norma?
- Los requisitos y directrices para adoptar, implementar, mantener y mejorar continuamente un sistema de gestión de compliance eficaz.
- Es el marco de referencia completo para disponer de sistemas de gestión de compliance penal alineados con el Código Penal español en cuanto a lo que se exige en relación a sistemas de control y gestión para la prevención y detección de delitos, tanto en su forma como en su fondo, todo ello complementado con estándares internacionales.
- Está orientada a organizaciones, pudiendo incluir bajo el mismo sistema de gestión de compliance penal de una organización a varias personas jurídicas.
- Incorpora notas, ejemplos, así como un conjunto de anexos que proporcionan directrices adicionales para interpretar y aplicar correctamente sus contenidos.
La UNE 19601 establece el marco de referencia de los sistemas de gestión de compliance penal.
Ventajas para la organización:
- Despliegue de un sistema que facilita detectar malas praxis por parte de empleados (Directivos y/o no Directivos).
- Posibilidad de atenuación o exoneración de la responsabilidad legal y penal de las personas jurídicas en el desempeño de su actividad empresarial, al demostrar que la organización ha dispuesto los medios de prevención y control en el ámbito del compliance.
- Mejora de la reputación e imagen de la organización.
- Desplegar un sistema eficaz para detectar las múltiples regulaciones a las que puede estar sometida la organización y sus actividades.
- Disponer de una herramienta eficaz para medir los riesgos derivados de la falta de compliance.
- Posibilidad de integrar con otros sistemas de gestión de la responsabilidad social, transparencia y buen gobierno (como por ejemplo sistemas de gestión específicos anti-soborno).